Cita:
Originalmente publicado por Akakus
El precio puede ser cualquiera que acuerden el comprador y el vendedor. Lo del precio mínimo es para el pago del impuesto. Al ir a pagar el impuesto se paga un porcentaje sobre el precio pagado y reflejado en el contrato, o sobre la valoración que aparezca en las tablas, el que sea mayor de los dos.
Ejemplo: te compro tu barco por 1 euro. Hacienda dice que vale 10 euros, pues pago el impuesto sobre la base de 10 euros. Te compro tu barco por 15 euros, para hacienda vale 10 euros, pero pago sobre la base de 15 euros.
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Se me ha olvidado mencionarlo antes.
Respecto a HACIENDA, es así de sencillo como lo explica Akakus.
En Burgos un familiar compró un piso, todo en A, a un buenísimo precio al propietario original. Pues la Junta de Castilla y León le ha reclamado 120€ más de impuestos, porque "el precio escriturado del piso no se ajustaba a los baremos de precios que ellos tenían". Es decir, se sospecha que hay tongo, pero sencillamente se pone el impuesto en base a los baremos oficiales.
Nada extraordinario.

