Buenas tardes cofrades. Una


para todos.
A ver si despejo/despejamos una duda que para los examinandos nos puede ahorrar unos eurillos.
Con relación al Certificado Médico para los exámenes, tenía entendido que no era necesario llevar otro si había transcurrido menos de dos años desde la fecha del Certificado Médico anterior presentado.
Pero resulta que ahora recibo el mail de la DGMM confirmándome la matrícula para el examen e indica, sic:
"No será necesario realizar dicho reconocimiento si ha transcurrido un período menor de dos años
desde la fecha de obtención o renovación
de cualquier título, o desde la realización de cualquier otro examen de recreo. Será necesario acreditar esta condición."
Por lo tanto, si hemos obtenido, por ejemplo, el PY hace un año, al que nos hemos presentado con el Certificado Médico a punto de transcurrir sus dos años, y ahora nos presentamos al CY, como ha transcurrido menos de dos años entre la obtención del PY y el examen de CY, ¿no haría falta sacarse otro certificado médico para el examen de ahora, no? Es así?....
Espero haberme explicado.
Es que son unos eurillos....y todo lo que sea ahorrete...bienvenido sea.
Espero vuestros comentarios.


y buena proa.