[quote=pipe;1732756]
hay algo que no me cuadra

que alguien me lo explique
seria el reglamento de autoridad portuaria de baleares ilegal
7- Certificado de Navegabilidad o certificado de inscripción con inspección de reconocimiento vigente. Para embarcaciones iguales o
mayores de 6 metros deberá estar actualizado. (R. D. 1434/1999 o aquel que lo sustituya en el tiempo)
Para embarcaciones de bandera extranjera se aportará certificado de reconocimiento e inspección, equivalente al certificado de navegabilidad,
realizado por entidades colaboradoras de inspección reconocidas por La Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes del Ministerio
de Fomento, (Inspección en seco del casco y del equipo, maquinaría principal y auxiliar, palos y jarcia, instalación eléctrica. Equipo de
radiocomunicaciones, equipo de salvamento, equipo contraincendios, material náutico, luces de navegación, equipo de fondeo),
actualizándose cada cinco años como máximo para embarcaciones iguales o mayores de 6 metros
http://www.anavre.org/index.php/pral...es-en-baleares
http://www.portsdebalears.com/imagen...1402908051.pdf


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Yo no creo que sea ilegal. Tienen una concesión y para tener derecho a parte de la misma, osea el uso de un amarre que no sea en tránsito ponen unas exigencias de seguridad para los barcos. Totalmente legal, igual que si pusieran que todos los amarristas tienen que llevar una nariz de payaso, legal.
Donde si que se le ha ido la mano y puede ser inpugnado por ir contra la competencia es en requerir que la el certificado de seguridad para un barco con bandera no española lo emita una empresa española

Lo cual quiere decir que un certificado emitido por el país de abanderamiento de la UE no es aceptado? España se considera el país con más elementos de juicio sobre seguridad marítima que sus socios de la CE? no se que pensará la Merkel...en fin igual si que asume que Rajoy al ser gallego sabe más de barcos que ella...


