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Antiguo 15-12-2014, 01:24
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Corsario
 
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Pinpi, me gustaría, en este caso, estar equivocado. Lo que yo leo, y seguramente equivocadamente, es que tendras que examinarte de las asignaturas que te queden pendientes de acuerdo al Decreto en cuestión. En caso que llegues al final del plazo dado y tengas alguna pendiente, tendrás que volver a examinarte de la totalidad de asignaturas de acuerdo al nuevo Decreto. Esto último que creo es lo que trae a confusión lo que expresa es que la materia a examinar será de acuerdo al nuevo Decreto.

Repito, ojalá me puedas decir que lo había entendido mal, es una de las veces que me gustaría.


PD: Piensa que el nuevo Decreto deroga el anterior, da un plazo excepcional para los que aún están en periodo de examenes pendientes, finalizado el plazo excepcional, la única normativa aplicable es la que está vigente, la otra está derogada, no puede en ningún caso ser aplicada.
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