Discusión: Zona 2
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Antiguo 16-12-2014, 21:31
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Predeterminado Re: Zona 2

Querido Juanitu, como verás en el siguiente oficio de la DGMM, y sin ánimo de entrar en polémica acerca de este espinoso asunto, cualquier equipo de seguridad que no corresponda a la zona de navegación en la que estás navegando no puede ser objeto de inspección.

OFICIO 19/12/2013 de la DGMM dirigido al Servicio Marítimo:

"[...] Conviene recordar que la embarcación deberá llevar los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente, que en muchos casos depende del número de personas que vaya a bordo y de la zona en que la embarcación se encuentre navegando en cada momento.

Debemos recordarles, que existen embarcaciones con los modelos del certificado de navegabilidad antiguos. A estas embarcaciones se les debe tratar de la misma manera que a las que ya disponen del nuevo modelo y exigirles que disponga de los elementos de seguridad de acuerdo a la zona de navegación en la que se encuentren navegando".

Por otra parte, parece que la DGMM tiene previsto actualizar la normativa de seguridad para embarcaciones de recreo. Esperemos que se corrijan los defectos (y, sobre todo, excesos) de la actual.
Saludos
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