Cita:
Originalmente publicado por el brujo
Diles que no saben lo que dicen... y eso de que te vayas a Bélgica es pasarse bastante...
Muy sobraos en tu puerto...
Agur
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para los puertos del estado deberian ser todos iguales
http://www.portsdebalears.com/imagen...1402908051.pdf
documentacion y requisitos
punto 7º
7- Certificado de Navegabilidad o certificado de inscripción con inspección de reconocimiento vigente. Para embarcaciones iguales o
mayores de 6 metros deberá estar actualizado. (R. D. 1434/1999 o aquel que lo sustituya en el tiempo)
Para embarcaciones de bandera extranjera se aportará certificado de reconocimiento e inspección,
equivalente al certificado de navegabilidad,
realizado por entidades colaboradoras de inspección reconocidas por La Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes del Ministerio
de Fomento, (Inspección en seco del casco y del equipo, maquinaría principal y auxiliar, palos y jarcia, instalación eléctrica. Equipo de
radiocomunicaciones, equipo de salvamento, equipo contraincendios, material náutico, luces de navegación, equipo de fondeo),
actualizándose cada cinco años como máximo para embarcaciones iguales o mayores de 6 metros.
la palabra equivalente es la clabe
yo e hecho un trato con un inspector de barcos para pasar la ITB en zona 7 suficiente para salir del puerto
ojo las entidades colaboradoras de inspección reconocidas por La Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes del Ministerio
de Fomento tiene un ambito de aplicacion y es solo para barcos de charter en el caso de bandera extrangera en barcos de recreo no seria legal inspeccionarlas y podrian ser sancionadas por la capitania

