¿Fin de las ventajas del abanderamiento?
Lo que nos temíamos, el Consejo de Ministros, en su ultima reunión y dentro de una de las denominadas Ley Omnibus ( Articulo 28), ha introducido la obligación de las embarcaciones deportivas, sea cual sea su abanderamiento y que permanezcan por un periodo superior a los seis meses en el año en aguas españolas, deberán cumplir la normativa española en cuanto a medidas de control y seguridad( ITB, seguros,homologaciones , etc.)
Falta leer el Decreto, pero parece el fin de las ventajas de abanderar en terceros países. Pais.
No brindo.
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