Cita:
Originalmente publicado por llanera
Con todo este lió de las titulaciones y demás, se me ocurre una pregunta, si navego por aguas Españolas siendo español, con un barco Belga, teniendo el titulo de Patrón de Yate, que tipo de documentación me pueden pedir, aparte del titulo, navegando dentro de las 12m, que creo es hasta donde tienen jurisdicción en temas administrativos. 
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Solo lo que ya podían pedir a las embarcaciones de bandera extranjera, propiedad de españoles: comprobante de tener el seguro en regla y pagado, y comprobante de pago del impuesto de matriculación español. Esto sigue de lo que está dispuesto en el RD 1435/2010 de 5 de noviembre.
Sin embargo, como también el ITP tiene que estar pagado, intuyo que también pueden pedir el comprobante del pago de éste impuesto, aunque por el momento parece que no lo están haciendo.
Un saludo,
el belga