Discusión: Derecho de abrigo
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Antiguo 19-01-2015, 03:49
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Derecho de abrigo

ya comento en mi primer post que a un puerto pesquero y comercial/industrial, sólo se podrá entrar y atracar en el en caso de necesidad, en ningún caso por otras circunstancias no necesarias.
El termino refugio lo he entendido como acción de resguardar, necesidad de evitar peligro
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Por la bahía...
yo quiero ser marinero por la bahía
bajo el azul de los cielos
en el mar de Andalucía ,
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