Cita:
Originalmente publicado por Casacostadamorte
Bueno, pero es que no puedes tripular un barco ajeno de pabellón extranjero por aguas españolas si te invita a ello el propietario?...
Francamente, no lo entiendo!..., si el barco no es mio porque voy a tener que pagar impuestos por el?...
Si lo piloto podrán sancionarme por falta de titulación, por no estar cubierto por un seguro, pero... por no pagar impuestos de "propiedad"?...
Creo que si es así..., eso se gana en los juzgados, aquí o en el Tribunal de la Unión Europea en el caso de barcos abanderados y propiedad de otros ciudadanos de la UE!...
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Ya, ni del barco, ni del coche, ni de la casa donde vivo ..., con vivir en casa de un amigo resuelto. Yo no sé si se ganaría o se perdería en los juzgados, en el Tribunal de la UE, y hasta en la Corte Penal Internacional (ya que lo internacionalizamos, también podemos decir que atenta contra alguno de los derechos humanos), pero lo que está claro es que los tribunales estarían atestados, y a los abogados les iría muy bien.
¿Nos tomamos la molestia de asegurarnos un mínimo sobre lo que contestamos a la gente que pregunta?
Bueno ... todo el mundo debería saber que tiene que tener cuidadito con lo que lee en Internet, en especial en aquellos temas en que casi todo el mundo es experto.
¡De buen rollito eh!
Saludos

