Ver mensaje
  #2  
Antiguo 21-01-2015, 13:58
Avatar de Mateando
Mateando Mateando esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 01-05-2010
Localización: Cantábrico
Edad: 62
Mensajes: 1,601
Agradecimientos que ha otorgado: 381
Recibió 1,196 Agradecimientos en 566 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: impartir formación teórica RD 875/2014

Creo que hay un nicho de mercado no cubierto. Es el de la formación personalizada a impartir en el domicilio u oficina del alumno.

Hay personas que tienen disponibilidad de dinero, pero no tienen tiempo para acudir a academias, o no se justa el horario de las mismas a su horario personal, muchas veces variable en exceso. O no quieren tener que ajustar su ritmo de aprendizaje al de otras personas.

Es algo que ha ocurrido con los entrenadores físicos personales, y hay bastante gente ganándose la vida con ello.

Con respecto a los requisitos para ejercer la formación teórica, imagino que, si Marina Marcante no lo regula, sean las Consejerías de Educación de tu Comunidad las que te puedan asesorar. Puedes hacer la consulta en el Portal de la Administración Pública
http://administracion.gob.es/pag_Home/index.html

Ellos derivarán la consulta al organismo competente, que te contestará

Citar y responder