Ya comenté este tema en un hilo que abría hace un par de días,
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=135730, en él está el enlace al trámite parlamentario y al contenido de la propuesta de ley.
Todavía no he tenido tiempo de leerme las enmiendas propuestas, y ya hay dictamen favorable de la comisión parlamentaria, ahora estamos pendientes de su aprobación por el Pleno del Parlament, algo que previsiblemente ocurrirá sin mayores problemas puesto que la propuesta surge del partido que gobierna con mayoría absoluta.
Mi primera impresión es que se mete a regular temas de chárter que ya están regulados en legislación estatal y que están siendo a eficazmente controlados por las Capitanías Marítimas de Baleares. Me llama la atención lo del exceso de pasajeros referido a barcos de chárter, pues eso es un caso inhabitual, es más, no me constan denuncias por ello, y mira que las chicos de las patrulleras hacen muchas inspecciones de control en fondeaderos, tanto a embarcaciones de lista 6ª como 7ª. Donde sí ha habido problemas de sobreocupación y un par de muertos el año pasado por tirarse borrachos perdidos al mar con el barco en marcha es en los llamads "Party Boats", que son golondrinas en las que se montan unos fiestones de tres pares, y también hubo un caso de una goleta que operaba sin licencias y con más gente de la permitida a bordo. Si ese es el problema que quieren atajar, se han equivocado de medio a medio porque cualquiera sabe, y supongo que los que han redactado la propuesta de ley también lo saben, que si un barco lleva más de doce pasajeros ya no es un barco de chárter, sino que se considera de pasaje y tiene una regulación específica.
Por otra parte, establece sanciones para las actividades subacuáticas, es decir, submarinismo, me lo tengo que mirar con más calma puesto que no estoy familiarizado con la regulación de esta actividad.
Por último, os equivocáis al decir que sólo afecta al chárter, de modo general se establece que es una infracción muy grave el incumplir las normas de seguridad (multita de hasta 60.000,-), es decri, que si bengalas, chalecos, ITB's, etc ... todo eso que se supone que ya está vigilando la DGMM ...
Otra cosa que me parece muy curiosa es que se tipifique como infracción el faltar al respeto a los inspectores, agentes o personal que esté llevando a cabo las tareas de inspección o la falta de colaboración con ellos ... O bien una demostración de falta de confianza en la autoridad de sus agentes, o ignorancia de que ya existen normativas que penalizan el faltar al respeto, insultar o agredir a un agente de la autoridad, y se supone que los encargados de aplicar el reglamento lo son. Por otra parte, lo de obstaculizar una actividad inspectora o de investigación, me parece que es un derecho constitucional que asiste a toda persona a la que se le acusa de algo ... quiero decir con ello que yo no soy quien ha de demostrar que no he cometido una infracción, sino el que pretende sancionarme, así que lo que tienen que hacer es cumplir con su trabajo y dejarse de tonterías coercitivas.
En mi opinión, y tras una primera lectura de la propuesta de ley, y a falta de leer las enmiendas propuestas y verificar si hay algún tipo de modificación en el texto que será sometido al Parlamento Balear, estamos ante una normativa redundante, innecesaria y surgida de la necesidad de que parezca que se hace algo, esa misma necesidad que provoca una auténtica diarrea legislativa en nuestro país y que hace que la seguridad jurídica sea una quimera.



salud!!!