Hola! lo primero unas birritas
En el tema marítimo tenemos 2 restricciones:
-La propia del armador: en función de la titulación que tengas tendrás unas posibilidades de navegar u otras.
-La propia del barco: el barco en sí sólo puede navegar en la zona para la que esté despachado.
Es decir, que puedes tener un barco en zona 1/A (oceánica) y tener el PER por lo que sólo puedes navegar hasta 12 millas de la costa (antiguo PER) y viceversa, que seas capitán de yate y que tu barco esté despachado para zona 4 y entonces no podrías alejarte más de 12millas.
Si quieres cruzar a Balerares, por ejemplo, tienes que tener la titulación y el barco en la zona que os habilite a los dos para ello
Un saludo