Cita:
Originalmente publicado por otoio
Si es del 78 NO tiene una categoría de diseño, ni B ni nada.
Las categorías de diseño, que condicionan las zonas de navegación, nacieron por legislación europea en el 92 y en España son de aplicación desde el 95, si no me equivoco...
Tienes que hablar con Capitanía. Si hay otro barco igual en zona X, y les consta, te la concederan; si no, te harán pasar una ITB especial antes de conceder o denegarte la zona de navegación. Asegúrate, pero casi seguro que es así...

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Antiguamente existían categorías de navegación no existían zonas.
Navegación Oceánica, correspondía la categoría de navegación A
Navegación Alta Mar, correspondía la categoría de navegación B (60 millas)
C (25 millas)
Navegación Costera, correspondía la categoría de navegación D1 (5 millas)
D2 (2 millas)
LO DE 12 MILLAS NO EXISTIA EN ESA EPOCA
Entonces que mire en manual del propietario o en la documentación que le dio el astillero pq hay viene para que zona de navegación esta autorizado.
Yo creo que ese barco viene para la categoría de navegación B pero como muy poco con la legislación antigua lo meterían en la C que son 25 millas. Entonces eso hay extrapolarlo a la nueva legislación.
ES DECIR SI YO TENGO UN RAQUERO QUE ES DEL 78 Y ESTA AUTORIZADO PARA UNA CATEGORIA DE NAVEGACIÓN D1, CAPITANIA CON LA NUEVA ME LO PONE EN ZONA 5.
YO CREO QUE HA ESE BARCO MINIMO ZONA 3 LE DAN
No se si se me entiende.
Evidentemente le van a exigir una ITB
SALUDOS