Cita:
Originalmente publicado por kaskarrabias
Vamos a ver, una cosa es la capacidad del barco, que puede ser superior a la que tengas declaradas en el certificado de navegación, la capacidad máxima aumenta conforme bajas de zona de navegación.
Pero os vuelvo a repetir (y que me parece muy bien que uno lleveis las balsas para la mitad de la gente que vais, que no la llevais, que se le cuela al inspector o vosotros mismos...), os lo digo de buena mano pues soy inspector y os remito a la norma:
http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/2...OM11442003.pdf
Donde podéis ver en el capítulo 4, artículo 6:
Artículo 6. Balsas salvavidas.
1. Todas las embarcaciones que naveguen dentro
de las Zonas de Navegación 1, 2 y 3, deberán llevar
una o varias balsas salvavidas para el total de las personas
permitidas a bordo. Las características de la/s
balsas/s (marca, modelo, número de serie, número de
personas) deberán indicarse en el Certificado de Navegabilidad.

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Kascarrabias, si eres inspector deberías saber que en el RD 1435/2010 se estableció el nuevo modelo de certificado de navegabilidad para embarcaciones de recreo (conocido como 1414) en el que desaparece el inventario del equipo al dorso de los certificados, figurando la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento. contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente."
Y la interpretación no es otra que el equipo de seguridad que ha de ir a bordo es el correspondiente a la zona de navegación en la que se encuentre la embarcación y para el número de personas que se encuentren a bordo.
La propia DGMM se encargó de aclarar que idéntica interpretación se aplicará a aquellas embarcaciones que tuvieran certificados de navegación antiguos (1313, 1212 y 1010) en los que sí que tienen inventario de equipo.
Así, quien tenga un barco despachado para 12 ocupantes, navegando a 30 millas, tripulado por 4 personas y con una balsa para 4 personas y 4 chalecos, cumple con la norma y está dentro de la legalidad.
Para más información:
http://www.anavre.org/index.php/pral...-navegabilidad
Una de grog