Bien, yo elevo a definitivas mis conclusiones,y me ratifico en lo anteriormente expuesto, considero que es una extralimitacion de sus funciones, por parte de la Guardia Civil,retorciendo de manera torticera la Ley, en todo caso podría admitirse el control aduanero, en cuanto al tema fiscal,con serias dudas al respecto, pero de ninguna de las maneras el exigirle titulación alguna, al no ser obligatoria en la Bandera del barco, que en definitiva es por lo que se levanta la correspondiente acta de denuncia anta le Capitanía Marítima, que naturalmente sera archivada, unas
