Cita:
Originalmente publicado por guardamancebos
Bien. Vamos bien.
Luego, entiendo que asumes que en la Zona Contigua (12 a 24 millas), la G.C. del Mar no puede denunciar, hasta que el barco/velero no se haya introducido en aguas territoriales (12 millas).
¿Lo admites?
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Ja,ja,ja,lo dudo Pepota es de las que piensa que te pueden "crujir" incluso en Australia....total como tienen buques oceánicos y competencias en todos los mares del mundo, y ahora hago una pregunta, ¿porque con La Armada o el SVA, no hay esos problemas?....sera que en vez de los cojones, con perdón, emplean los conocimientos y la legislación vigente, aprendida en una Universidad, con sus correspondientes practicas y no un mero cursillo de cuatro dias
