
te aclaro en lo que pueda si me dedico al derecho bueno ese contrato entre particulares se rige por el código civil y a el me remito lo puedes mirar y sales de dudas,lo tienes bien y para los actos concretos posible retracto denuncia por enriquecimiento injusto etc es mejor que consultes con un compañero de la zona no es tan varo. Estamos de saldo
