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Predeterminado Re: AYUDA alguien que sepa de leyes y contratos POR FAVOR...

Los contratos privados sobre alquiler del uso de un amarre, no está recogidos expresamente en la legislación española. La jurisprudencia es muy escasa difícilmente extrapolable a otro caso, ya que hay condicionantes (tipo de puerto, servitudes, servicios, cláusulas demaniales) que obligan a estudiar caso por caso. Se ha intentado a veces compararlo con la legislación para parquing, pero hay un hecho que lo impide y es que las concesiones demaniales que luego se alquilan para amarres son públicas, no privadas. Otra cosa muy, pero que muy importante es que un contrato sobre una concesion demanial se tiene que publicitar, ya que todos los contratos en los puertos están supeditados a que la autoridad portuaria los permita. Para ello tienen que ser inscritos en un registro público con identificación del amarre cedido para que la concesionaria lo conozca, identificación de la nueva titularidad del amarre y establecimiento del precio de la cesión. Normalmente en los casos de subarriendo de amarre (como es el caso) se incumple el requisito básico como es la publicidad con la inscripción en registro público (que no es el del puerto quede claro). Sólo queda poder demostrar que hay un acuerdo privado entre partes, pero con la salvedad que única y exclusivamente se pueden demandar responsabilidades a la persona que ha subscrito el acuerdo. Lo que puede que si te sientes herido moralmente por la actuación ilegítima o poco caballerosa del contratante ( ya que él te devuelve el dinero, por tanto solo podría existir una supuesta demanda por "lucro cesante" que sería muy relativa al existir otros amarres disponibles en el mismo puerto) puedes realizar sin coste, o bien decirle que vas a hacer, es que pongas una denuncia en Hacienda, aportando copia de la hoja del contrato donde aparezca la filiación de la persona, y el periodo en que ha estado vigente, en que no se ha pagado el IVA. Peeeeeeero........
Esto que te pasa es como en muchas cosas en la vida, que cuando la analizas te das cuenta que es menor que en el momento en que el soufle sube, hay que esperar a la bajada para analizarlo. Somos muchos los que estamos en subarriendo de amarre y cuando no te gusta te vas, o cuando el otro te dice que te vayas te vas, y eso permite que sean a un precio más bajo que los que cobran los puertos directamente. Pero si te has de meter en demandas y pleitos........sinceramente meditalo y alquila uno con todas las garantías legales, al puerto. Es mi modesta opinión, como ves tienes donde elegir.

Editado por kuovadix en 23-03-2015 a las 13:03.
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