Cita:
Originalmente publicado por fab
• Condiciones: Será necesario que el solicitante sea el titular de la embarcación y titular definitivo de los derechos de uso de amarre o inquilino directo con la administración del Puerto o Club Náutico participante, y en todos los casos deberá estar al corriente de pago y tener al día el seguro de RC
El motivo debe ser económico.
Si lo alquilas a un particular ellos pierden dinero.
Pero es que en mi puerto, un amarre de 10 metros sale a 270 mas iva y un particular lo deja por 200.
Es decir 2.400 contra 3.900 al año.
Tu verás....

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No es del todo cierto, si ese particular que te lo alquila y que paga al club/puerto/marina tuviese SU barco en SU amarre, tendría derecho, y el puerto/marina/club cobraría lo mismo que si estás tú.