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Antiguo 31-03-2015, 13:06
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Predeterminado Re: Asunto seguro y titulacion

Hola TANDUAY:

Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Artículo 5 Atribuciones de las titulaciones profesionales y académicas
1. Los titulados profesionales marítimos de la sección de puente, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regula las titulaciones profesionales de la marina mercante, podrán gobernar las embarcaciones de recreo, de acuerdo con las atribuciones que
les confiere su título profesional.
2. Los titulados profesionales marítimos de la sección de puente, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, podrán gobernar las embarcaciones de recreo, de acuerdo con las atribuciones que les confiere su título profesional.
3. Para ejercer el gobierno de las embarcaciones será necesario llevar a bordo su tarjeta profesional en vigor.


Yo creo que está claro. Si no, solicitas el duplicado del Título de Capitán de Yate, pero creo que no es necesario.

Saludos y
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Azimut000
TANDUAY (31-03-2015)