Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG
Legalmente no creo que te puedan exigir que tengas una factura que no está a tu nombre, no es tuya y no has pagado. El que te vende hasta puede que la tenga y no te la quiera dar. Es suya y está en su derecho. Para eso está el contrato compraventa.
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... Pasado por el ITP...
De acuerdo.
Aunque las posturas están claras y cada cual...
Por si acaso aclarar dos cosas.
ITP vs IVA :
Cuando la compraventa es entre "particulares" (entendiendo por tales dos personas "físicas", ciudadanos españoles) la compra esta sujeta al impuesto de transmisiones Patrimoniales , que el comprador debe liquidar en su comunidad autónoma (o territorio foral en Euskadi).
Si el vendedor es un "sujeto pasivo" del IVA, esto es, una sociedad mercantil (una SA o SL...) o una persona física que ejerza una actividad empresarial y la venta sea fruto de la misma, está sujeta a IVA, debe emitir factura haya además contrato de compraventa o no. Cuando una compraventa está sujeta a IVA no se líquida ITP (por la compraventa).
Otra. Toda compraventa entre "particulares" esta sujeta a ITP, sea un coche, embarcación, motor... O una vela vieja, por decir algo. Otra cosa es que cuando no hay que pasar por la administración o tener efectos públicos, se suele "obviar"... Pero sujeto está.
