Cita:
Originalmente publicado por pbs046
Tu ya estás aprobado y en tu comunidad lo saben (en Cataluña lo puedes consultar por la misma web) y, si como en Cataluña te puedes apuntar al examen por la web, lo puedes hacer ya mismo. No podrás gobernar hasta que no solicites el título (lo solicites, no hace falta tenerlo físicamente).
Si apruebas PY sin haber solicitado el titulo de PER puedes solicitar el de CY. Nadie te obliga a solicitar el PER.
Si cambias de comunidad, ya es otro mundo.
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Para py te piden el titulo del per. Y para cy el titulo de py.