Cita:
Originalmente publicado por llanera
Pero se te olvida un pequeño detalle....si yo navego en un barco de bandera extranjera, navego con las condiciones que impone ese país a "sus barcos",según toda la legislación internacional, esto mas temprano que tarde terminara en un juzgado de la corte europea y se terminara esta tontería, un país no puede decir a otro la titulación que tienen que tener sus patrones para sus barcos, no olvidemos que ese barco es parte del territorio de la bandera que enarbola y sobre el que otro estado NO TIENE ninguna jurisdicción 
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NO, no se me olvida ningún detalle. De hecho estoy navegando con bandera francesa desde principios del 2011, osea, recién salida la ley. Este verano tuve un encuentro (como ya expliqué en otro post) donde la GC me pidieron que les mostrase las bengalas y simplemente les dije que "ustedes no tienen competiencia en materia de seguridad sobre esta embarcación" por que la ley no me obliga en esta cuestion. A sí que sólo les entregué los papeles de identificación tanto los de la embarcación como los míos y el seguro. Lo que quiero decir es que ahora mismo no nos queda MAS REMEDIO que enseñarles la "titulación" cuando nos la pidan. Lo que no significa que estoy de acuerdo pero ahora mismo no nos podemos negar.

