Cita:
Originalmente publicado por Geronimo
 Legalmente solo son drones si se dedican a uso comercial (el cuál está en vias de legislación) Si no se van ausar para uso comercial, publicidad, venta de imagnes, etc., si simplemente vamos a pilotar un dron para divertirnos, se trata un vehículo de radiocontrol, y está bajo la jurisdicción de la Real Federación Aeronáutica de España y cada comunidad autónoma.
O sea que con mi título de comandante de vuelo de cometas ya me sirve. Pero ojo que no se puede volar por encima de playas ni lugares habitados. Si le cortas una oreja a alguien, el seguro del coche no lo cubre
Artículo aclaratorio
Texto AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aerea)
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Yo reconozco que no tengo puñetera idea, pero lo que dice este cofrade me parece lógico. De hecho, si los venden en el corte inglés no puede ser la cosa tan restrictiva, o no venderían ni dos.