Cita:
Originalmente publicado por Velero Simbad
Otro que no se entera
En 6ª no se puede navegar como particular, al menos te tienes que hacer un auto contrato y eso ya conlleva liquidaciones de iva etc...

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Y dale... Que la lista no marca el poder o no ir en tu barco, es sólo la exención del impuesto de matriculación. Que alguien me diga donde pone que la sexta es para uso exclusivo de alquiler (como si lo pone en la exención del impuesto de matriculación o como también lo pone en la lista 7a que pone uso exclusivo privado)
Y ante mi pregunta a hacienda sobre qué opción era mejor si usaba y alquilaba mi barco:
A) desgravar todo el IVA soportado y pagar el IVA de mis alquileres (de mi propio uso)
B) desgravar sólo el IVA soportado por la parte proporcional al uso de alquiler respecto a propio
Me dijeron que la opción B era la válida.
Pero yo no seré quien diga que tu no te enteras.
