Cita:
Originalmente publicado por astrolabio68
Pues seguro que alguien nos lo aclara desde cuando esa normativa. Mi pequeño 15 pies de autoconstrucción lo es, y según el ingeniero tenía que ser insumergible por norma al ser menor de 6 metros. El volumen total, calculado mediante fórmulas, fue oportunamente comprobado por la inspección márítima...
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En el RD 2127/2004 de marcado CE, en su anexo I lo dice:
Las embarcaciones de menos de seis metros deberán estar dotadas de medios de flotación adecuados para poder flotar en caso de entrada masiva de agua, cuando se utilicen conforme a su categoría de diseño.
Eso se comprueba con los ensayos que figuran en la ISO 12217-3, que pueden ser prácticos o mediante justificación teórica, según el caso.
