Cita:
Originalmente publicado por Keith11
¿y eso es de aplicacion exclusiva de normativa belga o es aplicable a toda la UE? porque teniendo en cuenta la armonizacion imperante en la UE, y mas tratandose de bienes de consumo, a ver si nos estamos creyendo que el AIS Matsutec es emisor pero la realidad es que a efectos burocraticos se considera solo receptor y nos estamos complicando la vida nosotros mismos?
Como no es SOLAS, y es de clase B y esas cosas, a ver si la realidad es que no tendria tan siquiera obligacion de figurar en la LEB
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En la belga y en la francesa, el HP-33A es considerado un receptor pero no como un transmisor, aunque en realidad lo sea (aquí aceptamos pulpo como animal de compañía...

).
Según la reglamentación belga, también los receptores tienen que figurar en la LEB, así que habría que incluirlo.
Según la reglamentación francesa, los receptores no tienen que figurar en la LEB; en este caso no habría que incluirlo.
En la reglamentación española, los receptores no tienen que figurar en la LEB, peeero... sí tienen que tener número de homologación de la DGMM (no preguntes por qué, yo tampoco sé la respuesta

). Mi interpretación es que en estas condiciones no podrías instalar el HP-33A a bordo.
De todos modos el cofrade El Belga

ya nos ha dado la clave: pedir la LEB con el HP-33A declarado como receptor.
Saludos y
