Creo que nos liamos con el PER... el cofrade pregunta por el PPER "Patron Profesional de Recreo", con el cual se puede trabajar y cobrar por ello
Cita:
Originalmente publicado por Rebellin
Es un título deportivo y no puedes cobrar. Si se enteran que lo haces, cascan una buena multa, que en el mar son muy gordas.
Un caso verdadero: Embarcación navegando hacia puerto con titulín, anocheciendo. La para la G. Civil. 3000€ de multa.
Se comento en este foro hace ya tiempo.
Rebe
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