Pues parece que está claro que no se podría ilumnar las velas, sin transgredir la norma legal.
Cita:
Originalmente publicado por Mateando
REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LOS ABORDAJES (1972
PARTE C.- LUCES Y MARCAS
REGLA 20. Ámbito de aplicacióna) Las Reglas de esta Parte deberán cumplirse en todas las condiciones meteorológicas.
b) Las Reglas relativas a las luces deberán cumplirse desde la puesta del sol hasta su salida, y durante ese intervalo no se exhibirá ninguna otra luz, con la excepción de aquellas que no puedan ser confundidas con las luces mencionadas en este Reglamento o que no perjudiquen su visibilidad o carácter distintivo, ni impidan el ejercicio de una vigilancia eficaz.
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