Cita:
Originalmente publicado por RESACADOS
Buenas tardes a todos/as,por decir algo,que sabéis de una modificación a la ley de abanderamientos,por la que un barco con bandera belga u holandesa con propietario español,solo le será válido el titulo español, si reside al menos seis meses en el país de la bandera del barco?,rumor intenso en Andalucía.No brindo
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Es cierto pero con matices. Barco con bandera belga y patrón español: el patrón necesita titulación española para navegar por aguas de soberanía española (12 millas). Fuera de aguas de soberanía española necesitas el titulo que te exija la bandera de tu barco (bandera belga=no necesitas ningúna titulación).
Muy importante comunicar a tu seguro los datos de tu nueva bandera belga y que te confirme la cobertura.
Ayer mismo hice una consulta con la compañía de seguros donde tenía el Guarapo y me confirmaron lo siguiente: bandera belga + patrón español con PY + cobertura Mediterraneo, Canarias, Madeira, Azores, Europa hasta el canal de la Mancha. Todo esto OK para ellos. Precio sobre unos 1.000€ con franquicia de 500€. Además me ofrecieron ampliaciones para cruzar el charco, etc con los suplementos correspendientes.


