Cita:
Originalmente publicado por voypaya
Montehacho, estas equivocado, funciona de la siguiente manera:
1) Si eres armador del barco en su día pagaste el impto. correspondiente según sea nuevo o usado, este impto. ya pagado es el que pueden comprobar si has cambiado la bandera, debes guardarlo o pedir un duplicado si no lo tienes.
2) En el caso de comprar ahora el barco usado para ponerlo a tu nombre tienes que pagar e impto. transmisiones y posteriormente cambiar la titularidad y si te interesa el cambio de bandera, ese impuesto que has pagado es el que te reclamarán si cambias de bandera.
3) Por cambiar bandera no tienes que pagar el impto. 2 veces.
Espero haber resuelto tus dudas.
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Creo que no estoy equivocado.
Y lo argumento:
Hablo de un velero con bandera ya matriculado y con añitos.
La AEAT no te da el justificante de haber pagado dicho barco, el Impuesto de Matriculación en su momento.
Y te exige que pagues de nuevo (puesto que no puedes demostrar que ya se pagó en su momento) el IM.
De hecho, conozco a gente que está en la Lista de Inspección, por este dichoso tema.
Y, por eso, acudo a los profesionales que existen en este antro. No a los aficionados.