Re: Desgracia en Canarias e interpretacion.
Hola Bote Gin:
Las distancias de 50 y 200 las marca un real decreto y son competencia de las capitanías marítimas. Forman parte del cuerpo legislativo sobre seguridad en el mar y un cofrade las ha colgado en este mismo hilo. El artículo que citas pertenece a la Ley de Costas, pero no tiene nada que ver con lo que se discute, si no con el registro de fincas situadas en zonas de servidumbre marítimo terrestre. Yo tampoco soy un experto en leyes, así que no puedo aventurar mucho más. Ciertamente hay un marasmo legislativo-competencial en este país, pero, en mi opinión, cuando ocurre una desgracia, todas las administraciones tiran "pa arriba" y procuran quitarse de en medio. Disfruta de tu afición y sentido común.
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