Cita:
Originalmente publicado por Jordi BMW
Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...
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¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.
Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.
Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).
Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.
De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.
Saludos.
Editó: disculpas por la mala redacción