Cita:
Originalmente publicado por IMPULSES
Me surgen dudas con lo del abanderamiento, si cambias a Holanda o Belgica, estais seguros que nos os pueden parar y multar?
Por esa regla de tras nadie se molestaría en examinarse de titulaciones náuticas ni en divisiones de zonas de navegación ....simplemente se abanderan en otro país y fuera.
Por último, había oído que se iba a terminar esto de la "permisividad" con los abanderamientos extranjeros, que si el patrón es nacional el "puro" te lo endosan de igual modo aunque estes abanderado en la Luna.¿ Qué hay de cierto en eso?
Por último los seguros náuticos ¿se hacen cargo y cubren cualquier singladura con abanderamiento en Bélgica u Holanda ?
|
Se ha hablado bastante de estos temas en los hilos correspondientes.
Estas normativas que permiten el abanderamiento en otros países CE ponen bastante nerviosa a nuestra querida DGMM, a pesar de lo cual poco pueden hacer, ya que son leyes de ámbito europeo que están por encima de lo que aquí se puede legislar.
Bueno, si que hacen. Ahora resulta que piden titulación española a los residentes con bandera extranjera, cosa de dudosa legalidad hasta donde se.
Y con los seguros en general no hay problema. Se habla con ellos y se deja todo claro. Cubren sin problemas... o con los mismos problemas que en un barco abanderado aquí!
