Cita:
Originalmente publicado por J.R.
A mí, mi corredor de seguros nunca me ha pedido la ITB...
En cambio, en mi puerto, me piden cada año el recibo del seguro. Supongo que lo harán con todos los amarristas, y me parece perfecto.
No sé si la ITB es requisito indispensable para el seguro... en mi puerto, hay un broker que adaptó un enorme yate a motor como oficina. Como el barco no ha navegado en los últimos 20 años, ha vendido los motores, o sea que no creo que pueda pasar la ITB, pero imagino que tendrá seguro. Supongo que todo es cuestión de hablar con el corredor o con la compañía y explicarles la situación, y ellos te podrán hacer un seguro que cubra accidentes derivados de estar amarrado, pero que excluya explícitamente la cobertura si el barco se mueve del amarre...
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Puede que la compañía no te pida la ITB, hasta que pase algo.
En cuanto se declare un siniestro, te la van a pedir.
Pienso que el barco, aunque esté siempre amarrado, debe pasar ITB.
