Cita:
Originalmente publicado por ironia
Realmente, ¿ que le puede caer a esta gente?
Hablen los doctos en leyes

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Te hago un copy-paste de la Sentencia que condenaron al individuo que me robó el coche:
Artículo 244 el delito de robo y hurto de uso de vehículos diciendo: “el que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, cuyo valor excediere de 400 euros, sin ánimo de apropiárselo, será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de seis a 12 meses si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a 48 horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo.”
P.D.- Lo siento Tabernero, sé que incumplo las normas, pero en estos años nunca lo había hecho, pero me indignó como salió el tema e intuyo que se creará polémica. Pero es la realidad.
Salu2,


