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Antiguo 06-08-2015, 12:52
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

Buenos días a todos , unas cervecitas para aplacar este calor, y una ronda de un ron añejo para el que me responda.
Estoy discutiendo con un amigo el siguiente tema al que no llegamos a ningún punto de aclaración :

La cuestión es que según la nueva normativa de despachos la habilitaciones para zonas de navegación ha dejado de ser A,B,C,D...y pasan a denominarse zona 1,2,3,4 ...pues bien viendo el cuadro de Fomento al respecto :

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_..._de_seguridad/

Podemos observar como en la antigua zona de navegación C comprende 12 y 24 millas, pero ahora esta categoría queda perjudicada al solo poder navegar a 12 millas.

Y aquí es dónde surgen las dudas :

1- Se podría pasar con la nueva normativa una embarcación despachada a 12 millas a 25 millas ?

En caso de no poder despachar la embarcación de mi amigo para 25 millas y él quisiera cruzar conmigo ( el en su barco y yo en el mío ) desde Denia a Ibiza, que sanción le pondrían por llevar todo legal menos el despacho de la embarcación ? ( él tiene titulo como yo PER ampliado y esta dispuesto a comprar todo el material de seguridad necesario )

Gracias cofrades!
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