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Antiguo 08-08-2015, 11:57
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El belga El belga esta desconectado
Pirata
 
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

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Originalmente publicado por IMPULSES Ver mensaje
En cuanto al abanderamiento extranjero, parece q ahora hay q justificar que el patrón reside al menos 6 meses fuera de España para no exigirle los papeles de la embarcación. ..solo la titulación (que en este caso si la tiene PER+ habilitación )
Es increíble las cosas que se cuentan:
  • La normativa española permite abanderar en otro país, sin exigencia de residir fuera de España.
  • Luego hay rumores que no dan la baja para abanderar en Bélgica (o Holanda) si no se puede demostrar domicilio ahí ¡FALSO!.
  • Me han comentado también que hay que tener domicilio en Bélgica para poder abanderar ahí: ¡FALSO!

Todas estas habladurías vienen de gente que no sabe, ha escuchado "algo" y entonces ha supuesto que se aplique ese "algo" a esta situación.

Mi consejo: acude a un profesional, uno que sepa, que ha hecho cientos de abanderamientos para que te pueda asesorar como es debido.

Por cierto: en Bélgica la administración se está hartando de la cantidad de personas que están enviando sus expedientes sin estar completos y que no se enteran de cómo hacer los trámites en ese país. Otra vez: acude a un profesional para que el expediente no se atasque entre los cientos que están parados.

Un saludo,
el belga
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