La legislación belga, siguiendo una directiva europea, prohíbe expresamente
embarcar "gasoil rouge" y en su entrada en vigor estableció un periodo transitorio - creo que fue de un año- para la "descontaminación" del colorante rojo en la instalación.
A mi modo de ver, la cuestión de fondo es si toda esta legislación -española, belga, comunitaria o la que sea- es de aplicación fuera de las aguas jurisdiccionales.

