Cita:
Originalmente publicado por Cryptos
Buenos días a todos, y rondita rápida mañanera a mi cuenta
Leyendo las distintas situaciones que exponéis en este hilo me ha surgido una duda, y por no abrir otro hilo nuevo aprovecho este. Expongo la situación... dos personas a bordo de una embarcación, las dos con titulación. Una es el patrón "legítimo", y la otra está a la caña, por ejemplo durante una guardia. Si por cualquier motivo, por ejemplo un control de la GC se descubre que las bengalas están caducadas, o que los chalecos no están homologados, o que se va sin seguro... en fin, cualquier cosa realmente problemática susceptible de terminar en un buen puro, en la figura de quién recaería la responsabilidad? De la persona que estaba en ese momento gobernando la embarcación? o del propietario que también está a bordo, pero en el momento del control no está, digamos, "ejerciendo" como patrón?
Mil gracias a todos!
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Buenas tardes:
Veamos, como seguramente conoces la náutica de recreo se rige por:
LEY 27/1992 DE 24 DE NOVIEMBRE, DE PUERTOS DEL ESTADO Y DE LA MARINA MERCANTE, MODIFICADA POR LEY 62/1997, DE 26 DE DICIEMBRE
en ella podemos leer lo siguiente:
Artículo 116. Infracciones muy graves.
2. Infracciones contra la seguridad marítima.
a) Ordenar o emprender la navegación sin que el buque reúna las debidas condiciones de navegabilidad haciendo peligrar su seguridad.
e) Contratar o permitir ejercer las funciones de capitán, patrón u oficial encargado de la guardia durante la navegación, a quienes no se encuentren en posesión de titulación suficiente que legalmente les habilite para ello, así como ejercer sin la referida titulación tales funciones, salvo en el caso de las embarcaciones de recreo.
del apartado e) podemos deducir que al "timón" en una guardia puede ir "cualquiera".
del apartado a) podemos deducir que es el patrón el responsable de salir con las debidas condiciones de navegabilidad, consecuentemente si sales en el barco de una amigo te pones al timón (con o sin titulación) te para el Servicio Marítimo de la Guardia Civil y resulta que tu amigo lleva caducada las bengalas, la embarcación no esta despachada para navegar en las aguas donde te pillen o su titulación no cumple las atribuciones para el tipo de navegación que estáis realizando el único responsable es él y no tú.
Saludos
Guillermo