Cita:
Originalmente publicado por J.R.
Si la venta es de particular a particular, no se paga el IVA, sino el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Lo tiene que liquidar el que cobra, es decir, el vendedor.
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Creo que estas confundido, el impuesto de transmisiones patrimoniales en todos los casos lo paga el comprador. El vendedor en todo caso caso tendrá que tributar si esta operación le ha supuesto una plusvalía (ha "ganado" con la venta, ó si lo prefieres ha vendido más caro de lo que ha comprado).
Saludos y
