Discusión: Venta de barco e iva
Ver mensaje
  #17  
Antiguo 10-09-2015, 00:51
Avatar de Jadarvi
Jadarvi Jadarvi esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 25-11-2008
Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
Edad: 58
Mensajes: 8,752
Agradecimientos que ha otorgado: 3,052
Recibió 5,564 Agradecimientos en 1,700 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Venta de barco e iva

Voy a explicaros algo que normalmente no se explica acerca de las famosas tablas de Hacienda. Los valores que reflejan son valores mínimos aceptables para determinar la base imponible en caso de que sea imposible determinarla de otro modo.

Es decir, normalmente lo que determina el valor de un bien transmitido (sea barco, casa, moto o lo que podáis imaginar) es su valor de mercado ... Y el valor que puede aplicar y aplica Hacienda en caso de expediente de comprobación de valores es precisamente el de mercado ...

A ver cómo os lo explico .. con un ejemplo fácil de entender ... vale, ya lo tengo!!!

Hace unos meses, un cliente mío compró un X-443 por un precio increíble, poco más de 60.000 euros por un X de 44 pies de 2001 en un estado impecable ... Un chollo, verdad?

Contrato por ese precio, pagado por transferencia .. todo impecable. Pues bien, a la hora d ecalcular el ITP no pude aplicar el valor de tablas ... ¿sabéis por qué? Pues porque según tablas ese pepino vale 19.000 pavos... y eso no se lo cree nadie en su sano juicio.

Por tanto, a la hora de determinar la base imponible del ITP (que también suele usarse para el impuesto de matriculación cuando compras un barco fuera), se recurre al valor más alto entre el de tablas y el declarado en el contrato. Os lo cuento como aviso a navegantes.

Salud!!!
Citar y responder