Cita:
Originalmente publicado por kalifa
Caramba...hay pa todos en este hilo....
Bueno lo que sí se ve es que hay gente informada opinando en ambas posturas. Retomo el hilo para ver si me podeis aclarar dos dudas:
1- Esto último que se ha dicho de la responsabilidad del armador. Si el armador es particular, barco en lista sexta para "Uso mixto" pero lo alquilas a traves de una empresa de chater. ¿En caso de lio respondes con tu patrimonio, o es la empresa de charter la responsable del uso que el cliente haya hecho del barco?
2- Si tienes un barco que ya hace años que dejo de ser nuevo, ¿Que requisitos te pone Capitanía para cambiar de 7a a lista sexta? Lo pregunto por si barcos de mas de una edad lo tengan complicado para hacer el cambio de lista
Saludos, orujos y licores varios
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En ultima instancia siempre responderá el barco, porque esta ahí y se puede inmovilizar y embargar, la empresa de chárter puede ser insolvente ¿Y entonces?

Las deudas quedan para el barco, si un cliente se marcha de una gasolinera o puerto sin pagar cuando vayas tu por ahí te tocara responder.
Para que capitania te de una 6ª tienes que tener un cif asi que eso de que vas con tu nomina y luego lo declaras no se de donde sale.
