Cita:
Originalmente publicado por biker62
Esta normativa de la Capitanía de Bilbao ya no es válida.
El RD 875/2014 citado amplió las distancias de los sin título y éstas ya no dependen de las capitanías. A los sin título nos han ampliado bastante las distancias, ya que ahora no están fijadas respecto al puerto base.

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Me imagino que el criterio de lo que es navegación diurna, de que la playa sea
accesible, y lo de la visibilidad, siga vigente. Otra cosa son las distancias.
Al final son ellos los que instruyen los expedientes por infracciones.
De todas maneras, en caso de duda, lo mejor es dirigirse a ellos por escrito preguntando lo que no tengamos claro.

