Ver mensaje
  #3  
Antiguo 11-10-2015, 19:57
Avatar de nicente
nicente nicente esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 07-10-2015
Edad: 37
Mensajes: 82
Agradecimientos que ha otorgado: 11
Recibió 3 Agradecimientos en 3 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: neumatica 2,49 necesito seguro con motor electrico?

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Real Decreto 607/1999:

"Artículo 2 Embarcaciones de recreo o deportivas

Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros.

Artículo 3 Seguro de embarcaciones españolas

1. Todo naviero o propietario de embarcaciones de recreo o deportivas deberá tener asegurada la responsabilidad civil en que pueda incurrir con motivo de la navegación de sus embarcaciones o, estando las mismas atracadas, durante los períodos en que aquéllas estén expuestas a las situaciones de riesgo previstas en este Reglamento.

2. Para los riesgos derivados de participación en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos, incluidos apuestas y desafíos, deberá suscribirse un seguro especial destinado a cubrir la responsabilidad civil de los intervinientes, como mínimo por los importes y con el alcance de la cobertura obligatoria establecida en este Reglamento."


¿Un motor electrico es un motor? Si. Pues el seguro es obligatorio.

gracias pero eso no me lo deja claro, he leido todo lo que he podido y no acaba de aclararme, por que se supone que es un artefacto de playa no al no llegar a 2,50? no una embarcación de recreo. ahi pone que se asegura la embarcacion de recreo propulsada con cualquier tipo de motor, esa es la duda que tengo. alguien puede resolverme la duda?, y otra cosa, puedo echar la barca al agua en cualquier sitio de rocas o playa? sin motor digo
Citar y responder