Cita:
Originalmente publicado por jiauka
Una preguntilla a los expertos en reglamento de regatas.
Es sabido que de noche no se aplica y solo vale el RIPAM, pero en caso de 1 cruce que no tienes preferencia y por lo que sea el otro debe variar su rumbo, puede protestar? Debes penalizarte?
Gracias.
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A partir del ocaso las IR sustituyen la parte 2 del RRV por el RIPAM, por lo tanto una infracción al RIPAM en un incidente con otro barco puede ser motivo de protesta y DSQ del barco que haya infringido el RIPAM. Para evitar el DSQ siempre queda la opción de penalizarse con 2 giros.
Importante saber que de noche en regata las típicas orzadas para evitar que te pasen por barlo están PROHIBIDAS.