Ver mensaje
  #3  
Antiguo 23-10-2015, 23:45
Avatar de Vidal Mestre
Vidal Mestre
Invitado
 
Mensajes: n/a
Predeterminado Re: Autónomos en el Sector Recreativo

Cita:
Originalmente publicado por k9slater Ver mensaje
Buenos dias Vidal Mestre, antes de que hubiera salido este boe, no deberian haber aprobado primero donde se redactó que los títulos de recreo (Per, PY y CY), pueden ejercer funciones competentes profesionales? No lo sé, pienso yo digo, porque de que vale hacerte autónomo si tu título no te lo permite.

UN saludo, y en vez de unas , un trago de un buen vino para calentar el cuerpo, jejejeje.
Hola k9slater
Primero hay que solucionar la posibilidades a los profesionales, como ocurre en esta Ley.
Será posible , el ser autónomo , para un buen grupo , como indica el:

Artículo 4. Trabajadores por cuenta propia.
1. Quedarán comprendidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, como trabajadores por cuenta propia o autónomos, quienes realicen de forma habitual, personal y directa, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona y a título lucrativo alguna de las siguientes actividades:
a) Actividades marítimo-pesqueras a bordo de las embarcaciones o buques que se relacionan a continuación, figurando tales personas trabajadoras o armadores en el Rol de los mismos como técnicos o tripulantes:
1.º De marina mercante.
2.º De pesca marítima en cualquiera de sus modalidades.
3.º De tráfico interior de puertos.
4.º Deportivas y de recreo.
b) Acuicultura desarrollada en zona marítima o marítimo-terrestre.
c) Los mariscadores, percebeiros, recogedores de algas y análogos.
d) Buceadores extractores de recursos marinos.
e) Buceadores con titulación profesional en actividades industriales, incluyendo la
actividad docente para la obtención de dicha titulación.
Quedan excluidos los buceadores con titulaciones deportivas-recreativas.
f) Rederos y rederas.
g) Prácticos de puerto.

Dicho esto, sobre el tema de los deportivos, puedan ejercer como profesionales, es un tema que aún creo tiene un recorrido hasta que llegue.
De todas formas, eso como depende de la DGMM, casi mejor preguntárselo a ellos.
Si tu título, no te lo permite, no será posible de ninguna manera hoy en día.
Saludos

Vidal Mestre
pper.sailorsdreams.com
Citar y responder
2 Cofrades agradecieron a este mensaje:
Iñaki/Sinvergüen (03-11-2015), k9slater (24-10-2015)