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Antiguo 05-11-2015, 18:54
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papaventos papaventos esta desconectado
Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Nueva normativa para Botiquines

Cita:
Originalmente publicado por pbs046 Ver mensaje
Me parece que el ámbito de aplicación es la de 'trabajadores del mar', por lo que a los buques de recreo no afecta.
Sí afecta. La única puntualización es que entra en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE.

Por aclarar:
Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo.

i. Las embarcaciones con tripulación contratada, deberán contar con el botiquín prescrito en el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen las condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar y la Orden PRE/930/2002, de 23 de abril (botiquines tipos A, B y C, según el alejamiento de la costa y tiempo de navegación).

ii. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 5, deberán contar con el botiquín tipo número 4, según la Orden de 4 de diciembre de 1980 sobre botiquines a bordo de los buques y embarcaciones mercantes nacionales.

iii. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para las Zonas de navegación 3 y 4, deberán contar con el botiquín tipo Balsa de salvamento (según las disposiciones citadas en el punto i).

iv. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 2, deberán contar con el botiquín tipo C (según las disposiciones citadas en el punto i).

v. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 1, deberán contar como mínimo con el botiquín tipo C (según las disposiciones citadas en el punto i), que será completado en función de la duración del viaje, de los parajes frecuentados y del número de personas.

Saludos

Si me permites Pepote Raor, pongo correctamente el enlace, y añado que en un par de días estará disponible en el BOE la versión consolidada del RD, aunque probablemente no incluya los anexos que en realidad es la parte interesante.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/11/0...2015-11931.pdf

Edito, el cofrade Pepote Raor tenía correctamente el segundo enlace, yo fui al primero, que es a la sección tercera del BOE y eso me despistó,

Saludos de nuevo

Editado por papaventos en 05-11-2015 a las 19:18.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a papaventos
pil pil (06-11-2015)