Yo entiendo que para los Patrones Portuarios, se amplia las atribuciones para el tema de transporte de pasajeros hasta 3 millas, y habilitarían automáticamente ¨...para una distancia no superior a 8 millas náuticas del puerto, puerto deportivo o marina prestar el servicio
( se referirán al transporte de pasajeros ) o
( colocación de boyas, servicios relacionados con celebración regatas, socorrismo, comercialización y mantenimiento embarcaciones recreo, marinería de puertos deportivos ) y al traslado o prueba de embarcaciones deportivas entre puertos siempre que no se aleje más de 8 millas de la costa.¨

